TRANSFERENCIA
Transferencia de expedientes y documentos al Archivo Judicial
Al inicio de cada año, el Archivo Judicial emite un calendario de recepción documental, mediante el cual se asignan fechas específicas a los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas para realizar sus transferencias.
Antes de efectuar una transferencia, el área remitente deberá consultar y validar la fecha que le corresponda conforme al calendario vigente.
¿Qué documentación puede transferirse?
Únicamente podrá remitirse al Archivo Judicial aquella documentación que se encuentre contemplada en el Catálogo de Disposición Documental (CADIDO) vigente del área generadora.
El CADIDO deberá identificar la serie documental correspondiente y determinar, entre otros aspectos, sus plazos de conservación y disposición documental.
La documentación que no se encuentre contemplada en dicho instrumento no podrá ser recibida para su resguardo hasta que se realice la regularización archivística correspondiente.
REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA
REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA
La documentación deberá:
- Presentarse en la fecha asignada conforme al calendario vigente.
- Entregarse en el Archivo Judicial correspondiente antes de las 13:00 horas.
- Encontrarse ordenada por año y en orden progresivo.
- Cuando existan varios bultos o paquetes, éstos deberán estar numerados consecutivamente.
- Corresponder a documentación identificada en el CADIDO vigente del área generadora.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa archivística y disposiciones .
La documentación que no cumpla con los requisitos podrá ser devuelta al área remitente para su regularización.
¿NECESITAS UNA FECHA EXTRAORDINARIA?
Cuando exista una causa justificada que impida realizar la transferencia en la fecha asignada, podrá solicitarse al Archivo Judicial correspondiente la habilitación de una fecha extraordinaria.
La solicitud podrá presentarse:
Mediante oficio de manera física.
Mediante el sistema de comunicación procesal, por vía electronica.
En ambos casos deberá señalarse el motivo que justifica la solicitud. La asignación de una nueva fecha estará sujeta a la disponibilidad del Archivo Judicial correspondiente.