Ley General de Contabilidad Gubernamental
En cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 46, 47 y 67 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Poder Judicial del Estado pone a disposición del público en general la siguiente información, misma que se actualiza en forma trimestral.
Periodo: Cuarto Trimestre de 2024
Artículo 46.
- Información contable, con la desagregación siguiente:
- Estado de actividades
- Estado de situación financiera
- Estado de variación en la hacienda pública
- Estado de cambios en la situación financiera
- Estado de flujos de efectivo
- Informes sobre pasivos contingentes
- Notas a los estados financieros
- Estado analítico del activo
- Información presupuestaria, con la desagregación siguiente:
- Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados;
- Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones:
- Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, del que derivará la clasificación por su origen en interno y externo;
- Intereses de la deuda;
- Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la postura fiscal;
- Información programática, con la desagregación siguiente:
- La información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México es miembro. (HASTA EL MOMENTO, NO SE HAN GENERADO REPORTES COMPLEMENTARIOS)
Artículo 47.
- Estado analítico de la deuda, del cual se derivarán las siguientes clasificaciones: (estado analítico del pasivo)
- Corto y largo plazo;
- Fuentes de financiamiento;
- Endeudamiento neto, financiamiento menos mortización, y